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Localizador: AEDA > Estatutos > Capítulo I |
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Capítulo I: De la Asociación en General | ||||||||||||||||||||||||
Artículo I.- Con la denominación de ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE AUDIOLOGÍA (AEDA), se constituyó en Madrid, una entidad de naturaleza asociativa y sin ánimo de lucro, al amparo de la Ley 191/1964, de 24 de Diciembre, reguladora de las Asociaciones. La Asociación se rige por lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución española, la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de Marzo, reguladora del Derecho de Asociación, en cumplimiento de la Disposición Transitoria Primera de la misma, por acuerdo de la Asamblea General Ordinaria celebrada el día indicado en el certificado que, como documento anexo, se acompaña al final de estos Estatutos. La Asociación está constituida por todas aquellas personas que trabajan en cualquiera de los campos de la Audiología con una preparación específica adecuada. La Asociación inicia sus actividades en el día de la suscripción de su Acta Fundacional y su duración tendrá carácter indefinido. Se disolverá por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria o por cualquiera de las causas previstas en las leyes. Artículo II.- El domicilio o sede social de la Asociación será el domicilio del Presidente/a. El cambio de domicilio se hará de forma automática tras la elección del Presidente/a, por lo que no requerirá acuerdo de la Asamblea General cuya participación en la elección de este cargo llevará implícita la aceptación del nuevo domicilio. El cambio de domicilio deberá ser comunicado al Registro de Asociaciones en el plazo de tres meses, y solo producirá efectos, tanto para los asociados como para los terceros, desde que se produzca la inscripción. Asimismo, podrán ser creados locales sociales en otros lugares o ciudades dentro del ámbito territorial de actividades mediante acuerdo de la Asamblea General. Dicho ámbito es todo el territorio nacional de España. De acuerdo a las nuevas tecnologías de información y comunicación, la Asociación dispondrá de una dirección web en la red de Internet denominada http://www.aedaweb.com/index.html en la que se reservará una zona privada para uso exclusivo de los socios. Los servicios informáticos de gestión y mantenimiento de la misma serán contratados a una empresa externa, bajo la supervisión de uno de los miembros de la Junta Directiva de la Asociación, preferentemente, el Secretario/a. |
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